ATENCIÓN INTEGRAL ESPECIALIZADA
EN ADULTOS Y PERSONAS MAYORES

DÍA MUNDIAL DE TOMA DE CONCIENCIA CONTRA EL ABUSO Y MALTRATO EN LA VEJEZ.

La Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), declaró el 15 de Junio como el “Día mundial de toma de conciencia contra el abuso y el maltrato en la vejez”.

“Se dice que a los viejos sólo les queda una cuerda para tocar. Y es, tal vez, una cuerda desafinada, que produce lo que Stefano llamaba “la nota del lobo”. Sin embargo, esa nota desafinada suena más larga y profunda que el instrumento intacto de la juventud” (Agamben,2018).
La Convención Interamericana sobre la protección de los derechos humanos de las personas mayores enuncia:
PREÁMBULO
Los Estados Parte en la presente Convención,
…Teniendo en cuenta que, con arreglo a la Declaración Universal de los Derechos Humanos y a la Convención Americana sobre Derechos Humanos, solo puede realizarse el ideal del ser humano libre, exento del temor y de la miseria, si se crean condiciones que permitan a cada persona gozar de sus derechos económicos, sociales y culturales, tanto como de sus derechos civiles y políticos;
Reafirmando la universalidad, indivisibilidad, interdependencia e interrelación de todos los derechos humanos y libertades fundamentales, así como la obligación de eliminar todas las formas de discriminación, en particular, la discriminación por motivos de edad;
Resaltando que la persona mayor tiene los mismos derechos humanos y libertades fundamentales que otras personas, y que estos derechos, incluido el de no verse sometida a discriminación fundada en la edad ni a ningún tipo de violencia, dimanan de la dignidad y la igualdad que son inherentes a todo ser humano;
…Respaldando activamente la incorporación de la perspectiva de género en todas las políticas y programas dirigidos a hacer efectivos los derechos de la persona mayor y destacando la necesidad de eliminar toda forma de discriminación.
…Convencidos también de que la adopción de una convención amplia e integral contribuirá significativamente a promover, proteger y asegurar el pleno goce y ejercicio de los derechos de la persona mayor, y a fomentar un envejecimiento activo en todos los ámbitos,
Han convenido suscribir la presente Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores (en adelante, la “Convención”): …
Artículo 3
Son principios generales aplicables a la Convención:
a) La promoción y defensa de los derechos humanos y libertades fundamentales de la persona mayor
b) La valorización de la persona mayor, su papel en la sociedad y contribución al desarrollo
c) La dignidad, independencia, protagonismo y autonomía de la persona mayor
d) La igualdad y no discriminación
e) La participación, integración e inclusión plena y efectiva en la sociedad
f) El bienestar y cuidado
g) La seguridad física, económica y social
h) La autorrealización
i) La equidad e igualdad de género y enfoque de curso de vida
j) La solidaridad y fortalecimiento de la protección familiar y comunitaria
k) El buen trato y la atención preferencial
l) El enfoque diferencial para el goce efectivo de los derechos de la persona mayor
m) El respeto y valorización de la diversidad cultural
n) La protección judicial efectiva
o) La responsabilidad del Estado y participación de la familia y de la comunidad en la integración activa, plena y productiva de la persona mayor dentro de la sociedad, así como en su cuidado y atención, de acuerdo con su legislación internacional.
#NOALVIEJISMO
(Foto: Tony Luciani)

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